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año:2013
 
año:2009
 
institución:SISTEMA DE EMERGENCIAS 911
 

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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA. Al contestar refiérase al oficio No. 08507 19 de agosto de 2013 DCA-1959 Señor José Fabio Parreaguirre Camacho Director Sistema de Emergencias 911 Estimado señor: Asunto: Se rechaza, en tanto no resulta necesaria, solicitud de autorización para implementar una subasta pública o licitación pública para la venta del autobús marca Volvo, placa 324-6, comprado por el Sistema de Emergencias 911 mediante licitación abreviada N° 2008LA-000163-PROV. Nos referimos a sus oficios N° 6020-911-DI-0902-2013 del 23 de julio y N° 6020-DI-0961-2013 del 5 de agosto, ambos del año en curso, mediante los cuales solicita autorización para implementar una Subasta o Licitación Pública del autobús placa 324-6, de conformidad con lo señalado en el Asunto del presente oficio. 1) Antecedentes y justificaciones. a) Requiere el Sistema de Emergencias 911, que se autorice el cambio de uso del autobús Volvo, placa 324-6, o en su defecto se autorice su venta, considerando la inviabilidad para continuar con el proyecto de Centro de Capacitación y Centro de Comando. b) Se indica que el autobús fue comprado mediante licitación abreviada N° 2008LA-000163-PROV (precio de $266.375,00), con la intención de remodelarlo en los talleres del ICE para ser utilizado como Centro Alterno de Atención de Emergencias. c) Que posteriormente se varió la utilidad pretendida para el autobús a efectos de ser utilizado como Centro de Capacitación y Centro de Comandos, requiriendo que el Comité Técnico Asesor (COTEA) estableciera los requerimientos técnicos de configuración del área interna del bus. d) Que el 25 de noviembre del 2009, la Comisión Coordinadora establece la necesidad de elaborar un procedimiento que permita su utilización en emergencias, en tanto que el bus no ingrese al taller para su adaptación. 2 e) Que la Presidencia Ejecutiva del ICE propuso cambiar el bus ...
Fecha publicación: 22/08/2013
Fecha emisión: 19/08/2013
Documento: 08507-2013.pdf
Institución: SISTEMA DE EMERGENCIAS 911
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACIONES VARIAS EN CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Año: 2013


R-DCA-186-2013 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las catorce horas del doce de abril de dos mil trece.------------------------------------------------ Recurso de apelación interpuesto por Telerad Telecomunicaciones Radiodigitales S. A., en contra del acto que declaró infructuosa la Licitación Abreviada 2012LA-000117-PROV, promovida por el Sistema de Emergencias 9-1-1, para los servicios de arrendamiento de un sistema para la atención y trámite de llamadas de emergencia.--------------------------------------------------------------------------------- RESULTANDO I.- La firma Telerad Telecomunicaciones Radiodigitales S. A presentó recurso de apelación en contra del acto que declaró infructuoso el concurso, toda vez que considera que su oferta cumple con todos los requerimientos cartelarios, por lo que podría resulta adjudicataria.---------------------------------------- II.- Mediante resolución R-DCA-109-2013 del veinticinco de febrero de dos mil trece, se rechazó el recurso interpuesto por el Consorcio Telefónica-CODISA y se concedió audiencia inicial a la Administración.-------------------------------------------------------------------------------------------------------- III.- Mediante auto de las diez horas del siete de marzo de dos mil trece, se confirió audiencia especial a la empresa apelante para que se refiriera a las manifestaciones de la Administración.-------------------- IV. Mediante auto de las ocho horas del cuatro de abril de dos mil trece, se confirió audiencia final a las partes.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------- VII.- En los procedimientos se han observado las prescripciones de ley.------------------------------------- CONSIDERANDO I.- HECHOS PROBADOS: Para la resolución de este asunto se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que la Administración ac ...
Fecha publicación: 17/04/2013
Fecha emisión: 12/04/2013
Institución: SISTEMA DE EMERGENCIAS 911
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE APELACION (FONDO)
Año: 2013
Tesauro: Corrección de aspectos subsanables o insustanciales, Aspectos subsanables, Consecuencias de no atender la prevención para subsanar


R-DCA-109-2013 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las once horas del día veinticinco de febrero de dos mil trece.---------------------------------------------- Recursos de apelación interpuestos por Telerad Telecomunicaciones Radiodigitales S. A, y por el Consorcio Telefónica- CODISA en contra del acto que declaró infructuoso la Licitación Abreviada 2012LA-000117-PROV, promovida por el Sistema de Emergencias 911, para el arrendamiento de un sistema para la atención y trámite de las llamadas de emergencias. ------------------------------------------------ RESULTANDO I.- Que la firma Telerad Telecomunicaciones Radiodigitales S. A, presentó recurso de apelación, toda vez que considera que los incumplimientos achacados por la Administración no tienen sustento. Por su parte, el Consorcio Telefónica- CODISA manifiesta que su plica cumple con los requerimientos cartelarios, y que el acto que declaró infructuoso el concurso, carece de una debida fundamentación. ------- II.- Que la presente resolución se dicta dentro del término de ley, habiéndose observado durante su trámite las prescripciones legales y reglamentarias pertinentes. ------------------------------------------------------------- CONSIDERANDO I.- HECHOS PROBADOS: Para la resolución del presente asunto, se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que el Sistema de Emergencias 911 promovió la licitación Abreviada 2012LA-000117-PROV, la cual declaró infructuosa, toda vez que las ofertas de las participantes Huawei Technologies Costa Rica S. A. y Telerad Telecomunicaciones Radiodigitales S. A., no cumplen con las especificaciones técnicas, y en el caso del Consorcio Telefónica- CODISA ofrece un precio muy superior a la disponibilidad presupuestaria que se tiene para dicha licitación (folio 3732 del expediente administrativo). Dicho acto se basó en dispuesto en el oficio 6020-911-TI-0146-2013 (foli ...
Fecha publicación: 28/02/2013
Fecha emisión: 25/02/2013
Institución: SISTEMA DE EMERGENCIAS 911
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION
Año: 2013
Tesauro: Precio que excede la disponibilidad presupuestaria


PAGE 5 DIVISION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 1 2 0 8 9 19 de noviembre, 2009 DJ-2158-2009 Señor Rodolfo Jugo Romero Director 911 Emergencias Costa Rica Estimado señor: Asunto: Se deniega autorización para contratar en forma directa el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de la plataforma de voz y el suministro de software y hardware para el fortalecimiento de la red privada de voz del sistema de emergencias 9-1-1. Se autoriza contratar en forma directa por tres meses en iguales condiciones al contrato actual, los servicios de mantenimiento mientras se realiza un nuevo concurso. Damos respuesta a su oficio 6020-911-DI-01241-2009 de 20 de octubre del 2009 recibido en esta División el día 21 mediante el cual solicita autorización para tramitar mediante contratación directa el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de la plataforma de voz y el suministro de software y hardware para el fortalecimiento de la red privada de voz del sistema de emergencias 9-1-1 con fundamento en los artículos 2 bis inciso a) de la Ley de Contratación Administrativa y 138 de su Reglamento. A solicitud de este Despacho dicho oficio se complementó con el 6020-911-DI-01325-2009 de 4 de noviembre del 2009. I. Justificación de la solicitud. Señala que según certificación del fabricante que adjunta al oficio de solicitud únicamente existen tres empresas en Costa Rica que pueden brindar dicho servicio, razón por la cual no conviene realizar los procedimientos ordinarios de contratación y por ello solicitan la autorización. Asimismo con base en el artículo 3 del Capítulo II del Reglamento sobre refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, solicita excluir del refrendo el trámite con el fin de salvaguardar el interés público que se persigue con la contratación. En el oficio 6020-911-ET-01236-2009 de 19 de octubre del 2009 se indica que tienen como objetivo maximizar el uso de las centrales telefónicas ex ...
Fecha publicación: 22/11/2009
Fecha emisión: 19/11/2009
Documento: 12089-2009.doc
Institución: SISTEMA DE EMERGENCIAS 911
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACIONES VARIAS EN CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Año: 2009


PAGE 2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No.02732 9 de marzo de 2009 DCA-0772 Ingeniero Rodolfo Hugo Romero Director Sistema de Emergencias 911 Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin refrendo la Adenda al contrato suscrito entre el Sistema 911 e Ideas Gloris S.A., derivado de la contratación directa 5115-0012-2003.- Nos referimos a su oficio 6020-911-DI-00076-2009, complementado por las notas 6020-911-DI-00261-2009 y 6020-911-DI-00076-2009, mediante las cuales solicita el refrendo a la adenda descrita en el asunto referido. Sobre el particular, vista la respuesta dada a nuestro oficio DCA-0659, se le informa lo siguiente: Se devuelve sin nuestra aprobación la adenda de mérito al considerar que en su respuesta se realizan eventuales modificaciones que no se encuentran integradas al documento contractual, específicamente en lo concerniente a plazo y monto. A saber: · Sobre el plazo y el monto La adenda indica que se amplía la contratación original, incluyendo los servicios de vigilancia por un monto total de $74.845,32, que corresponden a 44 pagos mensuales de $1701,03 por mes vencido, señalándose además que ese servicio se carga a determinada cuenta en el siguiente orden: $ Año $ 13608,24 2009 $ 20412,36 2010 $ 20412,36 2011 $ 20412,36 2012 $ 74845,32 Sin embargo en la nota 6020-911-DI-00261-2009, página 5, se indica que el monto a presupuestar de $1701,03 por mes, inicia en mayo del 2009 y posteriormente en la página siguiente se dice: “se le indica que se debe leer correctamente que la presente adenda es, al igual que la contratación original, por tiempo indefinido, sin embargo, se define presupuestariamente que el periodo de la misma será desde abril del 2009 hasta diciembre del 2012 para un total de 45 meses, que a un costo mensual de $1701,03, corresponderá a un total presupuestario para dicho periodo de $76.546,35. Asimismo en este mismo acto (es decir en la nota que se remite), s ...
Fecha publicación: 12/03/2009
Fecha emisión: 09/03/2009
Documento: 02732-2009.doc
Institución: SISTEMA DE EMERGENCIAS 911
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM
Año: 2009


PAGE 2 UDIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 00885 26 de enero del 2009 DAGJ-0112-2009 Ingeniero Rodolfo Jugo Romero Director Sistema de Emergencias 9-1-1 Estimado señor: Asunto: Solicitud de criterio acerca de la aplicación a ese órgano de la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector de Telecomunicaciones Se refiere este Despacho a su oficio 6020-911-DI-01290-2008 del 23 de octubre del 2008, recibido en esta oficina el 28 de octubre anterior, en el que consulta acerca de la aplicación a ese órgano de la Ley de Fortalecimiento y Modernización de las Entidades Públicas del Sector de Telecomunicaciones Con respecto a la solicitud que usted formula, le indicamos que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República número 7428 del 07 de setiembre del año 1994, y la circular número CO-529, publicada en La Gaceta número 107 del 05 de junio del año 2000, denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, la gestión que se nos remite no se ajusta a los términos expuestos en dicha circular, pues se requiere que con la misiva se adjunte el dictamen de la Asesoría Jurídica, tal y como lo dispone la normativa señalada. En el caso en particular, si bien se acompaña de dicho dictamen, el mismo está rendido en términos generales y no responde las inquietudes que ese órgano plantea ante este despacho. Queda claro entonces, que a pesar de que se adjunta el criterio legal a su gestión, dicho criterio no es completo, ni deviene a resolver preliminarmente las mismas inquietudes que se traslada a esta División; por lo que en términos materiales, la consulta planteada no adjunta un criterio jurídico pertinente a la materia y no corresponde a los parámetros expuestos en la citada circular. Aunado a lo anterior, entre las preguntas que remite ese órgano, están las siguientes “cuáles son las responsabilidades y ...
Fecha publicación: 26/01/2009
Fecha emisión: 23/01/2009
Documento: 00885-2009.doc
Institución: SISTEMA DE EMERGENCIAS 911
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
Año: 2009